Dirección de Auditoría

Concepto Funcional de Auditoría Interna

La Ley General de Control Interno en el artículo 21 establece:
La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.
Teléfonos: 
        2295-3238       /    2295-3242  
Ejecutivo sentado sujetando una romana y mallete sobre el escritorio

Funciones Auditoría Interna del Poder Judicial

  • Realizar auditorías o estudios especiales de acuerdo con las disposiciones dictadas por la Contraloría y las normas que rigen la profesión de la auditoría interna.
  • Verificar que los bienes patrimoniales se encuentren debidamente controlados, contabilizados, protegidos contra pérdidas, menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre del Poder Judicial, cuando se trate de bienes inmuebles o de muebles sujetos a ese requisito.
  • Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone el Poder Judicial se hayan utilizado por la administración con eficiencia, economía y eficacia.
  • Evaluar el contenido informativo, la oportunidad, y la confiabilidad de la información contable, financiera, administrativa y de otro tipo, producida en el Poder Judicial.
  • Evaluar los recursos económicos pertenecientes a terceras personas, que se manejan mediante las cuentas corrientes judiciales y el Sistema Automatizado de Depósitos y Pagos Judiciales (SDJ), así como de los títulos valores recibidos en los despachos judiciales del país como parte de los procesos.
  • Evaluar los recursos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones administrados por el Poder Judicial.
  • Realizar la evaluación de los sistemas de información automatizados, tanto en desarrollo como en producción, y de los recursos telemáticos del Poder Judicial.
  • Verificar que los funcionarios responsables hayan tomado las medidas pertinentes para poner en práctica y mantener las recomendaciones que contienen los informes de la Auditoría Interna, de la Contraloría y de los auditores externos.  Dará cuenta inmediata y por escrito a las autoridades superiores, de cualquier omisión que comprobare al respecto.
  • Ejercer otras funciones de fiscalización, inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados por la Contraloría.
  • Asesorar al Jerarca y a otros niveles en el ámbito de su competencia de acuerdo con el artículo 22 inciso d) de la Ley Nº 8292 y la directriz 1.1.3.1 de las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público.
  • Advertir a los órganos sujetos a la competencia institucional de la Auditoría sobre posibles riesgos y consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de conocimiento de la Auditoría Interna.
  • Evaluar la ejecución y liquidación presupuestaria del Poder Judicial.

ACERCA DE LA AUDITORÍA

Brinda un servicio de fiscalización, advertencia y asesoría constructiva y de protección a la administración, para que alcance sus objetivos y metas con mayor eficiencia, economía y eficacia, proporcionando oportunamente información, análisis, evaluación, comentarios y recomendaciones sobre operaciones que examina en forma previa, concomitante y posterior.

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